En mérito, a lo antes razonado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia y en Nombre de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, que intentó la ciudadana BELEN MARIA CHAURELL DE LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.754.440, debidamente asistida por el abogado JESUS ALEJANDRO LAYA ECHENIQUE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.162, contra el ciudadano ORLANDO JOSE JAIMES CAPDEVILLA, titular de la cédula de identidad N° V-4.181.658, este en su carácter de arrendatario y la primera de los nombrados en su carácter de arrendador del inmueble ubicado en la Urbanización Las Acacias, Bloque 45, Edificio 02, distinguido con el Nº 05-05, Municipio Girardot, Estado Aragua, con numero catastral: 04010118702005005.
Al hilo del presente .....