Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: La entrega del inmueble que a continuación se identifica: una casa y el lote de terreno situada en la calle Negro Primero Oeste N° 42, del Municipio Girardot del Estado Aragua, en un área total de dieciséis metros (16 Mtrs) de frente por Treinta y dos metros (32 Mtrs) de fondo, o sea un área total de quinientos doce metros (512 Mtrs), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Ranchos pertenecientes a un inmueble que es o fue de Manuel M. Masonta, palizada d e por medio. Sur: Su frente, con inmueble que es o fue de Trina Liendo estando por medio la citada calle Negro Primero; Este: inmueble que es o fue de Andrea .....