Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos anteriormente este Tribunal Administrado Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por ADMINISTRADORA 59, C.A., contra CLEOTILDE PARRAGA de CANTON y se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar, libre de bienes y personas, el siguiente inmueble: apartamento distinguido con el Nº 06, que forma parte del edificio Libertad Norte Nº 27, jurisdicción del Municipio Girardot, Maracay, Estado Aragua.
SEGUNDO: En pagar las costas del presente proceso.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los veintitrés (23) días del mes de mayo de dos mil seis (2006).- Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
La Juez
Abg. M.....