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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, disolviendo el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los Ciudadanos FELIX ALBERTO GUERRERO Y SONIA MERCEDES SEQUERA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS V-3.848.909 Y V-4.969.742 RESPECTIVAMENTE, que contrajeron matrimonio en fecha 24 de Mayo del año Mil Novecientos Setenta y uno (1971), según se evidencia de Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua; la cual se encuentra inserta bajo Nº 51, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Registro, Dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada y cursa a .....