DISPOSITIVA:
Por todos los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño, administrando Justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE, la demanda por desalojo, incoada por el ciudadano ENRIQUE JOSE HERNANDEZ PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.531.959, contra el ciudadano RENE SOTO APONTE, titular de la cedula de identidad Nº 6.125.498, por ser contraria a derecho la petición de la parte accionante.-
SEGUNDO: Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso de Ley se acuerda la notificación de las partes, de conformidad con los Artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas, debido a la naturaleza de la presente decisión.-
Publíquese, Registres y Déjese copia del presente fallo.-
Dada sellada y firmada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judici.....