Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION FECTUADA POR LAS PARTES EN LOS MISMOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS POR LAS MISMAS
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este tribunal, en La Victoria, a los Cuatro (04) días del mes de Julio de Dos Mil Siete.
Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
LA JUEZ
DRA. JUANA ISABEL VELIZ DE CALDERON
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
SRA INGRID MENDOZA H.
Exp: N° 3410-07
JIVC/imh/ms.