Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA
TRANSACCION EFECTUADA POR LAS PARTES EN LOS MISMOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS POR LAS MISMAS
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este tribunal, en La Victoria, a los Veintinueve (29) días del mes de Noviembre de Dos Mil Siete.
Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
LA JUEZ
DRA. JUANA ISABEL VELIZ DE CALDERON
EL SECRETARIO
Dr. IVAN CASTILLO MARIN.
Exp: N° 3368-06
JIVC/icm/ms.