Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Se ordena la notificación de la Parte Actora mediante Boleta de Notificación, dejada por el Alguacil en su domicilio procesal, y una vez que quede firme la sentencia, se ordena el Archivo de la presente Causa.-