Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos, ROBERTO ANTONIO LUZARDO SEQUERA y XIOMARA AZUCENA PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.455.021 y V-15.275.852, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el Acta N° 89, en fecha 02 de Noviembre de Dos Mil Seis, tal como consta en los Libros Registro Civil correspondiente.