DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, y en consecuencia, ordena al Director del Registro Civil del Municipio Zamora y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana PASTORA YVON DELGADO INFANTE, ya identificado, asentada bajo el Nº 675, Tomo UNICO, de los libros de Registro Civil de Nacimiento llevados durante el año 1.956 a fin de que escriban correctamente el nombre y los datos de la ciudadana PASTORA YVON DELGADO INFANTE, asi donde está asentado como: "un niño varón" debe asentarse "una niña hembra" y donde dice; "hijo", debe asentarse; "hija", y donde se lee: "PASTOR" debe asentarse corr.....