D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos JOHANA EGLEE SÁNCHEZ CAÑIZALES y JEAN CARLOS SPINELLI TORO titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.611.222 y V- 14.730.649 respectivamente.
En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipios Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, en fecha 18 de Diciembre 2004, lo cual consta en acta 388, tomo 3C, Folio 175, de los libros matrimonios llevados por dicho registro.
En dicha unión matrimonial no procrearon hijos.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencia llevado por este Tribun.....