Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos ZAIDA MARGARITA PERDOMO RIVAS Y MIGUEL ARGENIS CORTEZ MENDOZA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.726.968 y V-7.198.848, respectivamente, asistidos por el abogado GUSTAVO FUENTES en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 184.434. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante La Prefectura del Municipio Autónomo José Ángel Lamas Santa Cruz del Estado Aragua, el 25 de agosto de mil novecientos ochenta y seis (1986), acta N°: 73, Tomo N°: 01, Folio Nro.: 077, Año: 1986.