D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: homologado el convenimiento por motivo de la Revisión del Aumento de la Obligación de Manutención habido entre el ciudadano Edwin Guevara, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.123.441, y la ciudadana Ninoska Perera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.119.489, en su carácter de padres de la niña (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de conformidad con lo establecido en los artículos 384, 372 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en San .....