DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: homologado el convenimiento por motivo de la Obligación Alimentaría, de forma voluntaria habido entre los ciudadanos José Domingo Armas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.181.340, y la ciudadana Isadelmar Acuña, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.700.687, en su carácter de padre de los niños XXXXXXXXX, XXXXXXX y XXXXXX, de conformidad con lo establecido en el artículo 372 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, regístrese y déjese copia -----------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en San Mateo, a los Seis (06) días del mes de Marzo de 2007.-----------------------------
La Juez Temporal
A.....