DECISION
Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologada la conciliación, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, habida entre los ciudadanos: REINALDO GIL y MARIA ANA RAMOS, en sus carácter de padre de los adolescentes XXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXX, de veintidós (22) y dieciséis (16) años de edad respectivamente, de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en armonía con el artículo 369 ejusdem. Así se decide.----
Exhortando al padre plenamente identificado a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la descrita acta. Así se decide.-------------------------------
Publíquese, regístrese y déjese copia -----------------------------------------
Dada.....