DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara homologada la conciliación, a los fines de que alcance el carácter de sentencia definitivamente firme y ejecutoriada, habida entre los ciudadanos EDWIN JOSÉ GUEVARA y NINOSKA MARIBEL PERERA DIAZ, en su carácter de padres de la niña XXXXXX, de nueve (09) años de edad, de conformidad con lo establecido en el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en armonía con el artículo 369 ejusdem. Así se decide.---------------------------------------
Exhortando al padre plenamente identificado a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la descrita acta. Así se decide.-------------------------
Publíquese, regístrese y déjese copia --------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de es.....