Se practico la medida de Entrega Material, decretada en ejecución de sentencia por el juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, y se hizo entrega del inmueble a la parte actora a través de su apoderado Neida de Almeida Dos Anjos, la parte actora en cuanto a la medida de Embargo decretada se reservo el derecho de embarga bienes propiedad de la demandada una vez que estos sean ubicados.