Siendo las 11:37 a.m., vencido como ha sido el lapso otorgado a las partes, hace uso del derecho de palabra el abogado de la parte actora, y expone: "Visto que el ciudadano Juez Ejecutor ha instado a las partes a agotar los mecanismos de autocomposición procesal previstos en el derecho positivo venezolano entre ellos establecer una forma de pago satisfactoria para las partes y que el ciudadano Alcalde mediante autorización escrita ha autorizado a esta representación para ello mediante el Director Ejecutivo, la cual consigno en este acto, se considera conveniente conforme a lo planteado por el ciudadano Juez, solicito suspender la presente ejecución por el lapso de ocho (8) días hábiles para que bajo la tutela de este Tribunal se logre la materialización de la sentencia aquí en ejecución, es todo."Acto seguido hace uso del derecho de palabra la apoderada judicial de la parte demandada y expone: "Mi representada acepta el lapso de ocho (8) días hábiles durante los cuales se reunirá con l.....