Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano VÍCTOR LINO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V ¿ 1.587.112, en contra del ciudadano ROBERTO ALEJO, titular de la cédula de identidad Nº V ¿ 8.744.750. En consecuencia se condena a la demandada, a pagar la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUARENTA BOLÍVARES (Bs. 547040), más lo que resulte de la sentencia complementaria antes acordada.
Así mismo se acuerdan los intereses Sobre Prestación de Antigüedad, los Intereses de Mora y la Indexación Judicial, sobre las sumas condenadas, incluyendo lo que resulte de la complementaria por concepto de salarios .....