Por las razones anteriormente expuestas y de conformidad con lo establecido en el artículo 131 anteriormente señalado, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del estado Aragua, con sede en La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano GUILLERMO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.582.631, condenándose a la demandadas SOCIEDAD DE COMERCIO ASFALTADORA MARACAY la cantidad de TRECE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE BOLIVARES (Bs. 13.986.727)
Así mismo se acuerdan los intereses Sobre Prestación de Antigüedad, los Intereses de Mora y la Indexación Judicial, sobre las sumas condenadas, ordenándose experticia complementaria del fallo, la cual se practicara a través de un experto contable que designará este Tribunal, conforme a los s.....