Ahora bien después de un largo debate conjuntamente con la juez la representación de la demandada una vez revisada la pretensión con la norma y hechos los arreglos en cuanto a las indemnizaciones por enfermedad profesional y prestaciones sociales pendientes la parte demandada hace un ofrecimiento al actor consistente en la cantidad de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (BS. 27.758,52) NETOS, los cuales son cancelados por la parte demandante en este acto mediante Cheque Nº S-92 34003001 de fecha siete (07) de abril de dos mil diez (2010), girado contra el Banco de VENEZUELA, a favor del ciudadano HÉCTOR JOSÉ MENDOZA ADRIÁN, por un monto de Bs. 27.758,52, pagaderos en este momento, ofrecimiento este aceptado por la Apoderada Judicial del demandante, por lo que ambas parte consignan un ejemplar de la transacción Celebrada y copia fotostática del cheque pagado, donde consta todos y cada uno de los montos y conce.....