Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha 30 de marzo de 2009, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. Queda así confirmada la anterior decisión, que declaró la Extinción del Proceso en virtud de la incomparecencia de las partes a la Audiencia de Juicio, en la demanda incoada por el ciudadano RENNY AZCARATE, por Cobro de Prestaciones Sociales contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA; identificados en autos.