este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN, interpuesta por el Abogado JOSE ANTONIO OCHOA ABREU, inscrito en el lnpreabogado bajo el No. 67.254, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil NESTLE DE VENEZUELA, C.A, , en contra de la Jueza ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS a cargo del Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE IMPONE al recusante Abogado JOSE ANTONIO OCHOA ABREU, inscrito en el lnpreabogado bajo el No. 67.254, plenamente identificado en autos, LA MULTA de diez (10) Unidades Tributarias, es decir, la suma de MIL SETENTA BOLIVARES (Bs.1.070,oo) a razón de Bs.107 que es la unidad tributaria actual, conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica.....