En virtud de las razones antes expuestas este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 02 de agosto de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión apelada en los términos antes expuestos y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano JORGE LUGO, titular de la cedula de identidad No. 12.140.862 y se condena a la sociedad de comercio DROGUERIA LA NENA C.A.., supra identificada, a cancelar a la parte actora la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs.640.500,oo) por los conceptos establecidos en la mo.....