Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 29 de junio de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión en los términos señalados. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana KARENINA MORA LOAIZA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.270.032, en contra de las sociedades mercantiles PINTURAS VENEZOLANAS C.A (PINTUVEN C.A), PINTUGRAFIC C.A; CORPORACIÓN DE PINTURAS VENEZOLANAS (CORPIVEN) C.A; EDITORIAL MIRATE C.A (MICE.....