En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: SU INCOMPETENCIA EN PRIMERA INSTANCIA para conocer y tramitar el presente asunto, por los motivos expuestos en la motiva de la presente decisión, señalando que el Tribunal competente para conocer y tramitar el mismo, es el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE LA VICTORIA.
Publíquese, regístrese, déjese copia y envíese el expediente al Tribunal declarado competente.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, a los Veintinueve (29) días del mes de noviembre de Dos Mil.....