Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la parte intimante, en contra de la decisión dictada en fecha 06/06/2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de estimación e intimación interpuesta por el abogado CRUZ MODESTO MENDOZA PORTILLO, contra el MUNICIPIO AUTÓNOMO JOSE FELIX RIVAS DEL ESTADO ARAGUA.