Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte accionante contra la decisión de fecha 05 de Agosto de 2010, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia queda CONFIRMADA la anterior decisión. SEGUNDO: INADMISIBLE LA ACCIÓN MERO DECLARATIVA incoada por los ciudadanos MOISÉS VIRGUEZ, MIGUEL FREITES, HÉCTOR ARAUJO, RENÉ DE JESÚS CORREA, RAFAEL MÉNDEZ, RITO LINARES, JOSÉ RIVAS, VULMARO MARCHAN, YONATHAN COLINA, MICHAEL GALINDEZ, LEÓNIDAS GUILLEN, PEDRO FLORES, JOSÉ GREGORIO OCHOA Y JOSÉ HUMBERTO SÁNCHEZ, contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS OREGON, S.A. TERCERO: Dada la naturaleza de la present.....