Por las consideraciones que anteceden y las conclusiones que de ellas han sido extraídas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: : PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida la sociedad mercantil SANITARIOS PLASTICO, C.A., (SANIPLASTICA), en contra de la decisión dictada en fecha 07/05/2008, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.