D E C I S I Ó N
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora contra de la decisión dictada en fecha 26 de octubre de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de la Victoria. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada que declaró sin lugar la demanda por calificación de despido incoada por el ciudadano CARLOS RAÚL GIL BOLET contra la sociedad mercantil TRANSPORTE GEOVALCA, C.A., identificada en autos. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria costas.