Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION ejercida por la parte actora en contra de la decisión dictada en fecha 18 de noviembre de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada que declaró EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio incoado por PROVEEDORES DE LICORES PROLICOR, C.A., contra el SINDICATO PROFESIONAL NACIONAL BOLIVARIANO DE LOS LICORES "SIPRONABOLIC" DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LAS EMPRESAS PERTENCIENTES AL GRUPO PROLICOR NUBE-AZUL; PROVEEDORES DE LICORES PROLICOR, C.A.; LICORERIA Y FLORISTERIA EL PALMAR DE GUATIRE, S.R.L.; SUPERMERCADO DE LICORES EL SILENCI.....