Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha quince (15) de abril de 2009, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. Queda así confirmada la anterior decisión, que declaró sin lugar la demanda incoada por el ciudadano JESÚS MALAVE VILLEGAS, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, contra la UNION DE CONDUCTORES TURMERO MARACAY y JOSE ANTONIO AREVALO HERNANDEZ; identificados en autos.