Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo contentivo de Certificación signada CMO: 0653-19, de fecha 07 de octubre de 2019, dictado por la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES ARAGUA (GERESAT-ARAGUA), mediante la cual, certifica que el ciudadano GERMAN GUSTAVO DÍAZ ALFONZO, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 6.308.437, padece una enfermedad agravada con ocasión al trabajo, que le ocasiona una discapacidad parcial permanente que alcanza un 33%