Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 09/02/2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos oralmente expuestos. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MANUEL JOSÉ CASTRO MICHELANGELLY, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.661.851, contra la sociedad de comercio CINDU DE VENEZUELA, S.A. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.