DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales tiene incoado el Ciudadano ALEXIS ORLANDO LOPEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.459.107 y CONDENA a la sociedad mercantil TRANSPORTE AGRORUEDAS, C.A, representada por el ciudadano VENEZIA SALVAGIO ANTONIO, en su carácter de PRESIDENTE; a cancelar la suma de TRECE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. F. 13.797,71); por todos y cada uno de los conceptos laborales supra discriminados.-
Se acuerda asimismo en este acto la cancelación al actor de los Intereses.....