Este Tribunal declara concluida la Audiencia Preliminar y así mismo deja constancia que cuanto esta acta Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontanea expresada por las partes y en virtud de dicho acuerdo no es contrario a derecho y ha sido la conclusión de un proceso de mediación y conciliación dirigido por este Tribunal se imparte en este acto HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, al acuerdo alcanzado por la partes en este proceso, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El Tribunal deja constancia que en virtud del acuerdo alcanzado al cual se le ha dado en éste acto total cumplimiento del pago convenido entre las partes en la audiencia preliminar, se ordena el cierre y archivo del expediente. Finalmente la Jueza, declara concluida la audiencia preliminar y ordenó la lectura integra de la presente Transacción quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerr.....