En virtud de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por el Ciudadano RAFAEL ENRIQUE SIVIRA SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad 8.818.324 por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales contra la Sociedad de Comercio "TECNOLOGIA Y ECONOMIA EN CONSTRUCCIONES CIVILES, S.A. (TECONCI, S.A.)".- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-
LA JUEZA,
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ