Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara " PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda intentada por el ciudadano NABUCODONOSOL AULAR MORENO , titular de las Cédula de Identidad Número 7.247.316, en contra Sociedad de Comercio "TECNOPAPEL, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, bajo el Nro. 5, Tomo 938-A, en fecha 28-12-19978 a pagar la cantidad de VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES CON 77/100 (BSF. 20.826,77). Y ASI SE DECIDE.-
No hay condenatoria en Costas.-.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, M.....