En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Decimo Primero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo Del Circuito Judicial Laboral De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA . Por lo que se ordena el cierre y archivo del presente Asunto. Es todo.