DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el Ciudadano, JOSÉ RAMON ROJAS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 9.990.170. PRIMERA: CONDENA a la SOCIEDAD MERCANTIL. EL UNIVERSO DE LAS DELICATESES, C.A. Y LA PERSONA NATURAL BEATRIZ RODRIGUEZ EN FORMA SOLIDARIA a cancelar a la parte actora la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO BOLÍVARES CON 13 CÉNTIMOS (Bs. (Bs.75.718.13,13) por todos y cada uno de los conceptos que a continuación se indican y cuantifican: