Este Tribunal a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS alegados por el demandante y en consecuencia este TRIBUNAL DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECLARA CON LUGAR la acción intentada, por el ciudadano ALEXI FRANCISCO TOVAR ARTEAGA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.076.839 en contra de la Entidad de Trabajo INVERSIONES L K IMPORT, C.A. por concepto de ENFERMEDAD OCUPACIONAL y PRESTACIONES SOCIALES..