Se acuerda al Ministerio Público PRÓRROGA de QUINCE (15) DIAS, a los fines que culmine con la investigación y presente el acto conclusivo que considere procedente. Asimismo, vencido el lapso, (VALE DECIR EL 24.03.2018) y no es presentado el respectivo acto conclusivo, se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 82 y 106 Eiusdem. Remítase en su oportunidad las actuaciones a la sede de la Fiscalía 15° del Ministerio Público del la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Notifíquese a las Partes lo aquí acordado. PROVEASE LO CONDUCENTE.-