DECRETAR en beneficio de la víctima ciudadana Kelly Yenina Díaz Urbano, las medidas de protección y seguridad establecidas en el artículo 90 numerales 1, 3, 5, 6, 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la imposición de las medida cautelares contenidas en el artículo 95 cardinales 7 y 8 del la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres una vida Libre de Violencia, y por supletoriedad de la ley de conformidad con el articulo 67 de la ley Especial se le otorga la medida cautelar de las establecidas en el articulo 242 del numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal consistentes en la presentación de dos fiadores solidarios que ganen 200 unidades tributarias, en virtud que la finalidad del procedimiento ordinario es la preparación del juicio oral y público, a través de la investigación de la verdad y la recolección de todos los elementos que permitan inculpar o exculpar al imputado.-