En base a las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud incoada por el Fiscal del Ministerio Publico, en el sentido de DESESTIMAR LA DENUNCIA interpuesta el 17.01.2014, por la ciudadana: YANEZ MILEIDI CAROLINA, ante el Ministerio Publico, en contra del ciudadano ROMERO DIONISIO ANTONIO Y ELIANA SEQUERA, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal.