En definitiva la pena que deberá cumplir el acusado JOVITO OMAR SANCHEZ TEJADA, natural de Maracay, el día 28-02-1953, de 63 años de edad, soltero, profesión u oficio: comerciante, residenciado en: Calle Villa Pool, casa N° 12, sector la cerca, palo negro, municipio libertador, Estado Aragua, teléfono: no posee, titular de la cedula de identidad N° 3.841.773, es de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN; por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS previsto y sancionado en el primer aparte del artículos 45 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la víctima de once (11) años de edad (Se omite su identificación de conformidad con el parágrafo segundo del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por lo que el condenado cumplirá la pena impuesta, aproximadamente en fecha 27.01.2012. Se exonera al condenado del pago de costas procesales, conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la .....