DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley; PRIMERO: NIEGA la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad, solicitada por la ABG. ESTHER ROJAS Defensora Publica a favor del acusado ALBERT WLADIMIR ALAS CONTRERAS, de conformidad con el artículo 236, 237 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por no existir elementos probatorios que determinen la necesidad de la sustitución de la misma. Déjese copia de la presente decisión y notifíquese a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA,
AGLAIA PRIETO GONZALEZ
LA SECRETARIA
SIKIU LINARES