Se dictó decisión en la cual Vista la admisión de hechos, este Juzgado condena a los ciudadanos ROGER MANUEL DIAZ PERAZA Y RUBEN ANTONIO BRACAMONTE GOMEZ es de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN; por la comisión del delito de de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el articulo 43 en su tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de la adolescente de 14 años de edad.