Este JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO, CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE EXAMEN Y REVISION DE LA MEDIDA por decaimiento de la causa solicitada por la Defensa del ciudadano: RONAL RENE ORTIZ OJEDA, a quien se le sigue causa ante este Juzgado por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260, concatenado con el articulo 259 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto no han variado las circunstancias del hecho, y tomando en cuenta la magnitud del daño causado, esto en base a reiteradas sentencias de tipo constitucional emanadas de la Sala Constitucional SEGUNDO: Se mantiene la Medida Judicial Privativa Preventiva de Liber.....