Por los fundamentos de hecho y de derecho establecidos, configurados perfectamente en el presente caso, esto es, la falta de presentación en la oportunidad procesal correspondiente del escrito de formalización del Recurso de Apelación ejercido, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, declara: PRIMERO: PERECIDO el Recurso de Apelación ejercido por la profesional del Derecho ABG. ANA GALARATTI, Inpreabogado Nro. 67.813, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JOAO GOMES, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.982.038, en contra del auto emitido en fecha 09 de mayo de 2012 por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial. SEGUNDO: Una vez transcurrido la oportunidad procesal para la interposición del Recurso a que hubiere lugar en contra de la presente decisión, se ordena la remisión del expediente al Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Su.....