En mérito a las anteriores consideraciones, es por lo que es por lo que este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por el ciudadano FELIX GARCIA MATA, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-9.435.644, debidamente asistido por los Abogados en ejercicios Mariangel León y Carlos Colmenares Inpreabogado Nro. 93.480 y 135.346, respectivamente, en contra de la Sentencia emitida en fecha 14 de agosto de 2012 por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial. SEGUNDO: Se ordena al Tribunal de origen, el cálculo de las Obligaciones de Manutención atrasadas, a los fines de establecer el monto real de lo adeudado por el ciudadano FELIX GARCIA MATA, venezol.....